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sábado, 20 de abril de 2013

LA GLOBALIZACIÓN


Por Alejandro Taracena Cobo

Marketing y Publicidad



El término tiene su origen en el inglés con globalization, donde global significa lo mismo que mundial. Es un proceso de integración de las diversas sociedades internacionales en un único mercado capitalista mundial. Algunas de las teorías difusoras de este fenómeno, como el neoliberalismo, sostienen que la globalización permite que la libertad se extienda, creando puestos de trabajo y generando un crecimiento sostenible a la economía. Entre los que no apoyan la globalización surgen ideas negativas sobre la  misma, como que favorecen la privatización, aumenta la competencia y se produce una sobre explotación del medio ambiente.
En la actualidad ¿Podemos decir que existe globalización?
La globalización es un fenómeno que ha venido cogiendo fuerza con el paso del tiempo, y que ahora tenemos muy asentado en nuestra sociedad. Es un hecho social mediante el cual las sociedades han cambiado su forma de hacer economía y distribución de los recursos.
La globalización se asienta en cuatro aspectos:
1. Comercio exterior: la participación del conjunto de países en desarrollo en el comercio mundial.
2. Movimientos de capital: se produce un fuerte aumento de los flujos del capital privado hacía los países en desarrollo.
3. Migraciones: los trabajadores se desplazan de un país a otro en busca de mejores oportunidades de empleo.
4. Difusión de los conocimientos y la tecnología: el intercambio de información de forma global.
Conclusión
A medida que el proceso de globalización avanza la calidad y condiciones de vida han mejorado considerablemente en los países que se ven afectados por este fenómeno. Es por ello que gran parte de los países desarrollados son beneficiarios de la globalización, mientras que sólo algunos de los países en desarrollo  pueden disfrutar de este proceso evolutivo. Podemos concluir que la globalización es un gran creador de oportunidades y de desigualdades al mismo tiempo.


sábado, 13 de abril de 2013

CONSTITUCIONALIDAD DE LA INVIOLABILIDAD DEL REY DE ESPAÑA

Por Pedro Taracena Gil



El origen divino de la institución monárquica adaptada a los tiempos modernos, el rey reina pero no gobierna. Los reinos actuales están cimentados sobre monarquías parlamentarias, donde la figura del soberano es representativa. En el caso de España, también en algunas otras monarquías, la figura del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad, según el artículo 56 de la Constitución.
En el apartado 3 del mencionado artículo 56, establece que sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo. No obstante el artículo 65 establece la dotación económica para la Familia y la Casa, así como la libertad del monarca para el libre nombramiento de los sirvientes militare y civiles; permitiendo una opacidad en la partida destinada a la Corona, dentro de los presupuestos del Estado. Por otra parte el mencionado artículo 64 estable que: De los actos del Rey serán responsables las personas que lo refrenden.
Está meridianamente claro que cuando la Constitución habla de los actos del Rey y de la ausencia de responsabilidad, está refiriéndose a los actos como Rey de España. Pero ¿y los actos de índole privado ajenos a la Corona como institución? Para el ciudadano lego en leyes tiene difícil comprensión. Pongamos dos ejemplos: En los años setenta y ochenta circuló un rumor en la Villa y Corte de Madrid, que Juan Carlos I, usaba y abusaba de su afición en montar en moto. ¿Habría contraído alguna responsabilidad a la hora de infracción de tráfico, accidente con daños materiales o personales?
Más recientemente, ha saltado a la actualidad la herencia de Don Juan repartida a sus hijos Juan Carlos y sus hermanas las infantas Pilar y x . En el caso de que fuera verdad que esta herencia haya gozado de los privilegios de los paraísos fiscales, ¿La persona del Rey sería responsables de estos delitos contra la Hacienda Pública, aunque hubieran prescritos?
Estos interrogantes que no son nimios, deben de ser resueltos por la Constitución, y si la Carta Magna no diera respuesta con arreglo a la igualdad de todos los españoles que preconiza en su artículo 14, habría que modificarla.
Quizás éste sea el precio que hay que pagar por mantener un anacronismo, como resulta ser mantener un Jefe de Estado, cuyo poder le viene de Dios. Como el hacedor de reyes Franco, que fue Caudillo de España por la Gracia de Dios, como aún reza en la numismática de la época.